DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se DECLARA: INCOMPETENTE por el territorio para tramitar el presente juicio y, en consecuencia, se remite el mismo al Órgano Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, a los fines de la tramitación del presente litigio, tomando como base los argumentos antes aludidos.