Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado ERASMO DE JESUS FINOL MARTINEZ, de nacionalidad venezolana, natural de la Villa del Rosario de Perija, nacido el día 15-07-49, de 55 años de edad, casado, albañil, titular de la cédula de identidad No. 6.587.845, hijo de Olinto Finol (d) y de Mirta de Finol (d) y residenciado en el Barrio Cañada Larga, calle 14, casa sin número, diagonal a la Electrónica Márquez, Villa del Rosario de Perija, Estado Zulia; de conformidad con lo establecido en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI DECLARA.-
Regístrese la presente decisión; notifíquese y ofíciese al Director de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a los fines de que de cumplimiento a lo dispuesto en el art.....