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Decisiones del dia 26/05/2010 |
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N° Expediente :
17033
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N° Sentencia :
847
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Fecha: 26/05/2010 |
Procedimiento: Modificacion De La Custodia |
Partes: YELITZA MARQUEZ MOLINA, JONATHAN HERNANDEZ |
Resumen:
a) PERIMIDA LA INSTANCIA en el juicio de FIJACION DE CUSTODIA iniciado por la Abogada Marisela León Aizpurua, Fiscal (29) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en beneficio del niño JONATHAN DE JESUS HERNANDEZ MARQUEZ, a solicitud de la ciudadana YELITZA MARQUEZ MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.833.484, en contra del ciudadano JONATHAN HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 23.472.446.
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Juez/Ponente:
Héctor Peñaranda Quintero
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Organo:
Tribunal Primero de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente :
2985-2010
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N° Sentencia :
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Fecha: 26/05/2010 |
Procedimiento: Divorcio 185-A |
Partes: HERNAN JOSE SANTIAGO VAZQUEZ Y NELI JOSEFINA QUINTERO DE SANTIAGO |
Resumen:
Ahora bien, establece el artículo 185-A del Código Civil, que cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (05) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Situación ésta que se incorporó al Código en la reforma de 1982, a fin de atender una realidad social, cual es el cese de la affectio maritatis, en forma tal que, sin incurrir en ninguna de las causales clásicas de divorcio (ex artículo 185) pueda resolverse en forma práctica esta ruptura prolongada de la vida en común, obligación que deviene del matrimonio conforme el artículo 137 ejusdem.
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Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
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Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente :
2994-2010
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N° Sentencia :
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Fecha: 26/05/2010 |
Procedimiento: Divorcio 185-A |
Partes: ADELSO ALBERTO LEAL Y ANGELICA DEL CARMEN REYES DE LEAL |
Resumen:
Ahora bien, establece el artículo 185-A del Código Civil, que cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (05) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Situación ésta que se incorporó al Código en la reforma de 1982, a fin de atender una realidad social, cual es el cese de la affectio maritatis, en forma tal que, sin incurrir en ninguna de las causales clásicas de divorcio (ex artículo 185) pueda resolverse en forma práctica esta ruptura prolongada de la vida en común, obligación que deviene del matrimonio conforme el artículo 137 ejusdem.
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Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
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Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente :
2880-2009
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N° Sentencia :
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Fecha: 26/05/2010 |
Procedimiento: Divorcio 185-A |
Partes: ELVA DEL CARMEN RAMOS Y JOSE ORANGEL ALJURIA |
Resumen:
Ahora bien, establece el artículo 185-A del Código Civil, que cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (05) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Situación ésta que se incorporó al Código en la reforma de 1982, a fin de atender una realidad social, cual es el cese de la affectio maritatis, en forma tal que, sin incurrir en ninguna de las causales clásicas de divorcio (ex artículo 185) pueda resolverse en forma práctica esta ruptura prolongada de la vida en común, obligación que deviene del matrimonio conforme el artículo 137 ejusdem.
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Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
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Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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