DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos y de conformidad con los artículos 12 del Código de Procedimiento Civil y 26 de nuestra Constitución Bolivariana, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara "CON LUGAR" la presente acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE VENTA incoada por la Ciudadana MARIA JOSE SALAZAR GIMON contra la Ciudadana KAREM SUSANA ZERPA LOPEZ, en consecuencia:
PRIMERO: Se ordena a la Ciudadana KAREM SUSANA ZERPA LOPEZ dar cumplimiento al contrato definitivo de venta y dar la propiedad del inmueble constituido por un (1) inmueble (parcela y vivienda unifamiliar)de su propiedad distinguida con el N° 02, de la manzana J-22, ubicada en la carrera 10 norte, del conjunto residencial JUANA LA AVANZADORA, lote 1, situado en el sitio conocido como "cabeceras de la puente", vía san Jaime, al lado del mercado de mayoristas y entrada a la urbanización La Llovizna, Municipio Maturín, Estado .....