DISPOSITIVO
En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Zulia y Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la solicitud intentada por las abogadas en ejercicio MARIBEL DEL CARMEN ALARCON, LUCILA SUAREZ y MARIA VIRGINIA TARRE, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V- 9.472.256, V- 4.161.110 y V-13.659.375; e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 91.274, 16.506 y 105.109, respectivamente, todas domiciliadas en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, actuando en representación del ciudadano SIMON RUBEN PARIS ACOSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.7.810.492, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en su condición de Presidente de la Sociedad Mercantil "FRUTO OPIMO, C.A.", registrada ante el .....