DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR A LA PENADA JUANITA MERCEDES MOLINA BLANCO, venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento: 19/07/75, de 29 años de edad, soltera, Domestica, hija de Cristóbal Antonio Molina (D) Y Carmen Teresa Blanco, residenciada en El Caujaro, Parcela 33, Segunda Etapa entrando por la Iglesia Mormona Estado Zulia, como Formula Alternativa de cumplimiento de pena la LIBERTAD CONDICIONAL, imponiéndole las siguientes obligaciones:1.- La prohibición de salir del Estado Zulia y del País sin autorización por escrito de este Tribunal de Ejecución. 2.- No cambiar de residencia sin autorización del Tribunal y del Delegado de Prueba que le sea designado.3.- Abstenerse de frecuentar lugares donde expidan bebidas alcohólicas y cualesquie.....