En base a todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control Sección Penal de Responsabilidad de Adolescentes, Administrando Justicia, En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA PRIMERO: Se Califica la Aprehensión en Flagrancia y se ordena se siga el proceso por las reglas de Procedimiento ABREVIADO de conformidad con los artículos 248 del Código Orgánico Procesal Penal y 557 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y del adolescente. SEGUNDO: Se DECRETA MEDIDA DE PRISION PREVENTIVA, prevista en el artículo 581 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA (plenamente identificado) por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 458, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal en perjuicio del ciudadano ALEXANDER JOSE SALAZAR Y EMPRESAS SERENOS AVILA SRL, quien permanecerá re.....