POR TODOS LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO ESTE TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN SANTA BÁRBARA DE ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, prevista en el artículo 256 numerales 3 y 4 en el sentido que deberán presentarse por ante este Tribunal cada diez (10) días y no ausentarse de la jurisdicción del Estado Zulia, a los ciudadanos ENLLERBERT RAMON RAMIREZ RAMIREZ, soy Venezolano, natural de Maracaibo, de 28 años de edad, nací el 23/08/77, soltero, de profesión comerciante, soy titular de la cédula de identidad N° 13.878.326, hijo de José Ramírez y Xiomara Margarita Ramírez, residenciado en la calle 9 del Barrio Carlos Andrés Pérez, casa N° 56-75, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia y ENYERBER GAMARRA, Venezolano, natural de Caracas, 26 años de edad, soltero, fecha de nacimiento 10/01/79, t.....