DECISION
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar al penado ANDRY JOSE ZULETA BARRIOS, Venezolano, de Maracaibo, de 32 años de edad, comerciante, casado, titular de la Cédula de Identidad N° 12.405.015, hijo de GENI COROMOTO BARRIOS y de SAMUEL ZULETA QUINTERO y residenciado en los Haticos por arriba, callejón San Simón, casa N° 103-95 Maracaibo Estado Zulia como formula alternativa de cumplimiento de pena la MEDIDA DE AUTORIZACIÓN PARA TRABAJAR FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO (DESTACAMENTO DE TRABAJO) de conformidad con los artículos 479 ordinal 1° del Código Penal, en concordancia con los artículos 67 y 69 de la Ley de Régimen Penitenciario. Publíquese, Regístrese, Notifíquese.-