INCOMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por la sociedad mercantil BAKER HUGHES VENEZUELA SCPA contra el acto administrativo de efectos particulares dictado por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Estado Zulia del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), de fecha 26 de julio de 2007, distinguido como Oficio No.0263-2007, contentivo de la Certificación Médica por Enfermedades agravadas por el trabajo, en relación al ciudadano Marcos Tulio Varela, titular de la cédula de identidad No.4.144.686, y por efecto de dicha declaratoria, se ordena remitir el presente asunto al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental con sede en Maracaibo, el cual es el Tribunal competente para conocer y decidir el referido asunto.