CAPITULO VIII
DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hechos y de derechos antes expuestos, este TRIBUNAL UNIPERSONAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA con sede en Maracaibo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CONDENA al acusado JHOENDER LEON MARTINEZ, quien quedo identificado de la manera siguiente, dijo ser y llamarse como quedo escrito de Nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 24 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 20.203.901, de estado civil Soltero, residenciado Av. Principal los Cortijos, casa S/S, Municipio San Francisco Estado Zulia, y lo declara CULPABLE de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA, previstos y sancionados en los Artículos 458 y 277 del Código Penal venezolano, respectivamente, en perjuicio de la ciudadana LINA ROSA PEREZ DE HERRE y otros y EL ESTADO V.....