administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JOSE ALEJANDRO LOBATON y TEOMARY DEL VALLE SALAZAR RODRIGUEZ, , venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.702.738 y V-17.112.402 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 29/07/2000 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Mariño de este Estado