declara:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenio EN MATERIA DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, celebrado entre los ciudadanos DENNIFER LUCÍA URRIBARRI, titular de la cédula de identidad N° V- 17.567.414, y el ciudadano VEIBY RINCÓN BRAVO, titular de la cédula de identidad N° V- 11.393.474; en favor de sus hijos (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad); en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada.-
B.- Queda establecido como RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, el siguiente régimen:
1. "Ambos progenitores acuerdan custodia compartida de los niños prenombrados, el ciudadano VEIBY RINCÓN, ya identificado, mantendrá a los niños bajo su responsabilidad dos días a la semana y se comprometen ambos progenitores a solicitar ayuda psicológica en programa de orientación familiar.
2. Con relación a los días de Carnaval y Semana Santa, el progenitor compartirá con los niños, en el asueto de semana santa y la progenitora durante el asueto de c.....