DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 8, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, pasa a pronunciarse en los siguiente términos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de conformidad con el Articulo 44 ord. 1 de la Constitución y el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se Acuerda la continuación del asunto por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO indicado en el artículo 280 de la norma adjetiva TERCERO: Se impone al ciudadano ARLES YOEL SALIK VALENZUELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.503.214, natural de Barquisimeto, nacido en fecha 26-07-1984, de 26 años de edad, soltero, grado de instrucción 5º grado, de profesión u oficio taxista, hijo de Maribetza Coromoto Salik Valenzuela y de padre desconocido, residenciado en Uribana, sector Las Colinas a dos cuadras del comando de.....