CONDENA a los ciudadanos BRAYAN RAFAEL CASTELLANO SILVA, JOSE RAMON AGUILARTE URBAEZ, plenamente identificado en actuaciones, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de COMPLICE NO NECESARIOS EN EL DELITO ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el 84 ordinal 3 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos MANTAMG MO, MARCO BONETT, VALENTINA CANELON Y FABIOLA MAITA, mas las penas accesorias, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Norma Adjetiva Penal, dada la admisión de hechos que nos ocupa, conforme al articulo 375 del Código Orgánico Procesal Penal.-