Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO, solicitado por la Fiscalía Décimasexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, extensión Santa Bárbara de Zulia, a favor del ciudadano RODOLFO DE JESÚS GUTIERREZ SANCHEZ, venezolano, natural de Santa Bárbara de Zulia, mayor de edad, soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad N° 4.333.303, residenciado en la Hacienda donde labora de nombre Berlín, ubicada en el kilómetro 22, Carretera Santa Bárbara, El Vigía, Municipio Colón del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal Venezolano, (Ahora articulo 415), cometido en perjuicio del ciudadano LEUDIS A.....