CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO (Artículo 185-A del Código Civil), y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos EULOGIO HERNAN MUÑOZ ALVAREZ Y CARMEN ELENA PEREIRA GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V.- 15.158.807 y V.- 16.586.414, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, el cual fue celebrado en fecha treinta (30) de Octubre de 2004, por ante Registro Civil de la Parroquia Dr Raúl Cuenca del Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el Nº 32, y cuyo domicilio conyugal estuvo ubicado en el Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y.....