CONDENA al ciudadano KELVIN JESUS BRAVO MORALES y JOSE MIGUEL DE LOS SANTOS GONZALEZ, a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRESIDIO por ser COAUTORES y responsables de los hechos acusados referidos a del delito ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el articulo 6 de la ley Sobre el Hurto y Robo de vehículo Automotor, cometido en perjuicio del ciudadano Nelson Teran, y a las accesorias de ley, pena que provisionalmente terminara de cumplir en fecha 10 de marzo de 2018 como lo determine el Juez en Función de Ejecución correspondiente, todo de conformidad a lo establecido en el numeral 6° del artículo 330 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal.-