este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la oferta de pago presentada por el ciudadano FRANCO RUBARTELLI FILLY, titular de la cédula de identidad número E-81.115.731, a nombre de los ciudadanos MARGOT CARBAJAL y GUSTAVO CEUDANES, titulares de la cédula de identidad números 22.087.039 y 17.669.445, signada con el No. OP02-S-2008-001179, en conformidad con el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte oferente, a los fines que tenga conocimiento de la presente decisión. TERCERO: No hay condenatoria en costas, en conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Tra.....