PRIMERO: ADMISIBLE el escrito contentivo del recurso de apelación de autos presentado en fecha 25.02.2025 por la profesional del derecho Vanessa Silva, defensora pública auxiliar Vigésima novena (29°) con competencia en materia penal ordinario, adscrita a la defensa pública del Estado Zulia, actuando con el carácter de defensa del ciudadano Yosman David Machado García, titular de la cédula de identidad No. V.-25.762.746, dirigido a impugnar la decisión No. 458-25 dictada en fecha 18.02.2025 por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
SEGUNDO: INADMISIBLE las pruebas promovidas por la parte recurrente, por no haber sido consignadas en conjunto con su escrito de apelación, ello con fundamento en el artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal.