DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
LA INEXISTECIA DE LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO, por la falta de consignación en forma original y escrita de la misma con los recaudos para formar el expediente físico, para su tramitación y sustanciación del divorcio, interpuesta por los ciudadanos JESUS ALEXANDER CALDERON y PAOLA VASQUEZ REVEROL, venezolanos, titulares de la cédula de identidad números 16. 307.028 y 20.205.224 respectivamente, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia, con correo electrónico lar¬¬_2812@hotmail.com y teléfono móvil 0414- 0680766 y correo electrónico 040987pao@gmail.com, y teléfono +56-320-7324088, con numeración interna 3525.
Publíquese y Regístr.....