Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: CON LUGAR la acción de DECLARACIÓN DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana DORIS PALMA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V-9.774.735, domiciliada en la Urbanización FAC Sabaneta larga, Calle No.1, casa 23 de la Parroquia Cecilio Acosta del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, contra los ciudadanos JOSE ALEXANDER GUERRERO PEREIRA, YIMY JOSE GERRERO PEREIRA, NINOSKA DAYANA GUERRERO PEREIRA, ISNALDA KATIUSKA GUERRERO PEREIRA y DARWIN JOSE GUERREO PALMA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-10.448.569, V-10.450.910, V-13.297.336, V-13.297.337 y V-17.070.563 respectivamente, domiciliados en la Ciudad y Municipio Autónomo de Maracaibo, Estado Zulia.
Se condena en costas a la parte de.....