Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa por Motivo de: REVISION DE SENTENCIA (OBLIGACION DE MANUTENCION), seguida por la ciudadana: MARYURY NILKA MODEST REPILLOSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.459.177, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistida por la Abogada en ejercicio ROSA RONDON, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 46.467, en contra del ciudadano: JUAN CARLOS SILVA CARDOZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.600.182, en beneficio del niño de auto.-
Publíquese, regístrese. Notifíquese. Déjese copia certificada por secre.....