Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal CUARTO de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO:
DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al imputado ENDER IVAN VICUÑA RODRIGUEZ, venezolano, natural de Cabimas, Estado Zulia, de 38 años de edad, fecha de nacimiento 02-09-1970, de estado civil casado, de profesión u oficio bandolero, Titular de la Cédula de Identidad No. 10.086.925, teléfono 0264-261-22-09, con domicilio procesal en la Urbanización los Laureles, sector 8, calle 27, casa No. 13, en frente de la plaza, Cabimas, estado Zulia, quien guarda las siguientes características fisonómicas, a saber: hombre de 1.90 metros de estatura, contextura fuerte, de aproximadamente 81 kilos de peso, de cabello color castaño, de ojo color marrones oscuro, de cara semi perfilada, de nariz semi perfila.....