IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado REINALDO ALVAREZ ABOUMAMAD, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil CORPORACIÓN BOSQUE AZUL, C.A. en contra del fallo dictado en fecha 29-11-2016 por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo y Gómez de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 29-11-2016 por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo y Gómez de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: Se CONDENA EN COSTAS a la parte apelante de confo.....