En virtud de los fundamentos expuestos, este JUZGADO DÉCIMO DE JUICIO actuando como TRIBUNAL UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al acusado ANGEL RENATO FEREIRA, imponiéndole la pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN, mas las penas accesorias de ley contempladas en el artículo 16 del Código Penal, por ADMITIR LOS HECHOS conforme lo establece el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 417, en concordancia con el articulo 422. 2, con ambos del Código Penal cometido en perjuicio de los ciudadanos JOEL ANTONIO PAREDES CACERES Y YENKLIN JOSE REYES CACERES. Pena que deberá cumplir en el establecimiento penitenciario que disponga el Juez de Ejecución que le corresponda conocer de la presente causa. Manteniéndose en libertad el penado.
Dada, firmada y sellada e.....