Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD del Imputado ARMANDO JOSÉ MONTIEL, de nacionalidad Venezolana, Natural de Maracaibo, No posee cedula de identidad, de Estado Civil Concubino, Fecha de Nacimiento 07-07-1980, de 25 años de edad, profesión u oficio Obrero, hijo de Isabel Montiel y Melesio Montiel, domiciliado en Altos de Milagro Norte, por la entrada de los Reyes Magos, al fondo de colegio Juan Pablo Pérez, casa S/N, Maracaibo, Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453 ordinales 3° y 4° del Código Penal, cometido en perjuicio de ALFONSO RODRIGUEZ, de las establecidas en el Artículo 256 Ordinal 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal y se Decreta el Procedimiento Ordinario. Ofíciese lo c.....