PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juez Unipersonal No. 1 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, extensión Cabimas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a los hijos se omite el nombre de los niños, como Únicos y Universales Herederos del ciudadano JEAN CARLOS GARCIA VALLES, antes identificado, quien falleció el día en fecha 25 de julio de 2009, tal como se evidencia de copia certificada del acta de defunción Nº 902, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Cristo de Araza Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando previa certificación en actas por secretaria.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con el artículo 248 del código de procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil, y los numerales 3.....