Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara PRIMERO: Esta Juzgadora procede de Oficio a desaplicar la Sujeción a la Vigilancia, dando estricto cumplimiento a la jurisprudencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 21 de Mayo de 2007, en la causa seguida a los penados RICHARD JOSE BENITEZ PENA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nª V.-7.974.125, con residencia en el barrio altos de jaliscos, avenida 43 A, casa Nª 44-82, Parroquia Coquivacoa, Maracaibo Estado Zulia, ANGEL GABRIEL MENDOZA FOSE, venezolano, titular de la cédula de identidad Nª V.-7.974.125, con residencia en el barrio altos de jaliscos, avenida 43 A, casa Nª 44-82, Parroquia Coquivacoa, Maracaibo Estado Zulia,, MELEAN HERNANDEZ LEVY ANTONIO, ven.....