Por todos los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Deniega el pedimento formulado por el ciudadano JOSEPH RAMON NAVA LOPEZ, para que se autorice a su progenitor ciudadano TITO RAMON NAVA PIÑA, a conducir el vehículo CLASE: CAMIONETA, MARCA: CHEVROLET, MODELO: C-10, TIPO: PICK UP, USO: CARGA, COLOR: BEIGE Y MARRON, PLACA: 551-IAC, SERIAL MOTOR: CBV203334, SERIAL DE CARROCERIA: CCD14BV203334, ya que dicho vehículo le fue entregado en depósito, mediante Resolución N° 1C-541-09, en fecha 23 de marzo de 2009, previéndose como prohibición expresa enajenar, gravar o disponer del automotor por cualquier acto jurídico sin la obligación de la presentación periódica, solo cuando sea requerido por la Representación Fisca.....