Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: que son suficientes los derechos que tienen los ciudadanos HECTOR LUIS, GLADYS JOSEFINA, JUDITH MARGARITA, ORAMAICA DE JESUS, EDGAR EDUARDO, JONNY RAFAEL, JOSE LUIS ENRIQUE JOSE y RUTH CATHERINE BOLIVAR RIVERO, antes identificados, como UNIVERSALES HEREDEROS DE LA CAUSANTE MERCEDES DEL CARMEN WONG DE COLINA. ASÍ SE DECLARA.-