DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos en líneas pretéritas, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en levantamiento del velo jurisdiccional, declara:
1) INEXISTENTE el juicio que por DESALOJO incoara la Sociedad Mercantil MERCADO LA FACILIDAD, C.A. en contra de la ciudadana YURAIMA MONTANA, identificadas en actas, y por ende NULA LA TRANSACCIÓN celebrada en fecha 07 de junio de 2011, por considerarlos este Tribunal un FRAUDE PROCESAL.-
2) Se mantiene vigente la relación arrendaticia existente entre la empresa MERCANTIL ATENCIO, S.A. y la ciudadana MARTHA LECTICIA PARRA, hasta que ellos en forma voluntaria la den por terminada.-
3) Se suspende la Medida de Secuestro decretada por este Tribunal en fecha 01 de abril de 2011 y ejecutada por el Juzgado Tercero Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Mara.....