ASI SE DECIDE. A continuación, se impuso al imputado: LEONARDO ANTONIO CASTRO ALVAREZ, de la resolución dictada por este Tribunal en esta misma fecha. Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda: PRIMERO LA LIBERTAD INMEDIATA del imputado LEONARDO ANTONIO CASTRO ALVAREZ, Venezolano, Natural de Bachaquero, Estado Zulia, fecha de nacimiento 19-09-1968, de 41 años de edad, casado, profesión u Oficio soldador, fabricador y herrero, manifestó saber leer y escribir, titular de la cedula de identidad Nº 11.254.580, hijo de los Ciudadanos Humberto Castro y de Francisco Álvarez, residenciado en Sector el Poblado, Avenida Encrucijada, en una casa, con cerca, al lado de un puli-lavado y frente a la ferretería, Porlamar, Estado Nueva, teléfono 0416-291-76-78, por la presunta comisión del delito de LESIONES EN GRADO DE TENTATI.....