En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus CLODO HUMBERTO BERMÚDEZ MOLERO a SONIA MARÍA MORENO ATENCIO, PATRICIA ANDREINA BERMÚDEZ CASTILLO, PAÚL HUMBERTO BERMÚDEZ CASTILLO, y HECTOR HUMBERTO BERMÚDEZ GUERRERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V-7.803.229, V- 15.987.083, -18.318.004 y V-13.286.175, .- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse los originales con sus resultas, previa certificación a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal.
LA JUEZ,
Abog. MARÍA DEL PILAR FARÍA ROMERO. Mg. Sc.
LA SECRETARIA,
Abog. GABRIELA BRACHO AGUILAR. Mg. Sc.
En la.....