DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA EL REGIMEN ABIERTO, como fórmula alternativa de cumplimiento de pena al penado ADALBERTO MANUEL VERGARA ARIAS, titular de la cédula de identidad N° E-25.243.949, natural de Colombia, nacido en fecha 11-02-1.962, hijo de Maria Arias y Francisco Vergara, actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo; quien fue condenado por el Juzgado Primero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION , mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE SECUESTRO, previsto y sancionado en los artículos 460 Parágrafo Primero del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano quien en vida respondiera al n.....