Este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECRETA EL PROCEDIMIENTO POR CONSUMO, A TRAVES DE LA REINSERCION SOCIAL al ciudadano JHON JAIRO MARTINEZ JINETE, de nacionalidad Venezolano, fecha de nacimiento 05-04-1974, de 40 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, titular de la Cédula de Identidad No. V-22.448007 hijo de RAMIRO MARTINEZ Y LENIS JINETE residenciado en el barrio el Éxito, sector el Marite, entrando por la venta de chivos ante el ambulatorio del marite,. Municipio Maracaibo del Estado Zulia, teléfono 04146871327 de conformidad con lo establecido en el artículo 141 de la Ley Orgánica de DROGAS. Asimismo, se le decreta al ciudadano JHON JAIRO MARTINEZ JINETE, plenamente identificado, las medidas de seguridad siguientes: 11.- Asistir a rehabilitación duran.....