VI
DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho Jhony Antonio Morales Nava, actuando en su carácter de Defensor Privado del ciudadano DANIEL DAVID REYES DIAZ, venezolano, natural de Cabimas, Estado Zulia, soltero, comerciante, portador de la Cédula de Identidad N° 11.885.351, hijo de los ciudadanos Alonzo Reyes Urribarri y Martha Díaz, con domicilio en la avenida 33, casa N° 45-A, sector Campo Lindo, Cabimas Estado Zulia; en contra de la sentencia No. 038, de fecha 28.07.1994, dictada por el extinto Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Penal y Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; mediante la cual declara Sentencia Condenatoria en contra del acusa.....