Por los fundamentos antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
1. SIN LUGAR, la demanda de REIVINDICACIÓN incoada por la sociedad mercantil EL CANEY, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha, 21 de Diciembre de 1976, bajo el No. 55, Tomo: 22 A, en contra del ciudadano RONY VIGUIE, mayor de edad, de nacionalidad norteamericana, comerciante, titular de la cédula de identidad No. E-81.728.475 y de este domicilio.
2. Se CONDENA en costas a la parte demandante, por haber resultado totalmente vencida en juicio de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.