Este Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Expedir la correspondiente ORDEN ESCRITA DE ALLANAMIENTO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal, para el registro de dos galpones uno de color blanco y el otro de color rojo ubicados en el Municipio Cabimas, calle el Rosario, avenida Carnevalli, casa 272, cerca del Banco Occidental de Descuento Cabimas. Esta Orden tendrá una duración de ocho días.
.- Registrese y Notifiquese.-
JUEZ TERCERO DE CONTROL
DRA. CAROLINA NAVA DIAZ
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA J. ABREU
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En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se registró dicha resolución bajo el Nº 3C-157-06-
LA SECRETARIA