DISPOSITIVA
Con fundamento en las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, que por los delitos de USO DE LICENCIA FALSA y FALSA IDENTIFICACION DE LICENCIA, previstos y sancionados en los Artículos 327 y 328, ambos del Código Penal, se le seguía al Ciudadano GHASSAN CHOUMARI, Sirio, nacido el 25 de Noviembre de 1.971, de 33 años de edad, casado, de profesión u oficio Comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nº V- E-1.949.163, residenciado en la Urbanización José Asunción Hernández, Calle El Mercado, Edificio La Galera, Piso 5, Apartamento N° 52, Juangriego, Municipio Autónomo Marcano del Estado Nueva Esparta, todo ello de conformidad con lo pautado en los artículos 45, 318 aparte infine, 322, en concordanc.....