En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Bolívares (vía Ejecutiva) interpuesta por el Condominio del CONJUNTO RESIDENCIAL CRISTAL LAKE, representado por los Dres. JERJES DORTA MARTÍNEZ, DIOSRAM RODRIGUEZ RODRIGUEZ, FREDDY GARCIA y SANDRA VILLALBA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 109.444, 127.362, 115.820 y 14.427, respectivamente, contra la ciudadana MARIA EUGENIA ALMANDOZ ARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.976.804, domiciliada en Apartamento N° A-13, situado en la primera planta de la Villa identificada con las siglas A-III, del Conjunto Residencial Cristal Lake, ubicado en la avenida Bolívar, Costa Azul, Municipio Autónomo Mariño del estado Nueva Esparta, por haber dejado de cancelar de forma continua y sin justificación alguna las cuotas de condominio correspondientes. En consecuencia de condena a la parte demandada a pagar, las siguientes canti.....