Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN POR PENA CUMPLIDA, a favor del penado RONNY ENRIQUE VILCHEZ QUINTERO, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, soltero, de 26 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.560.483, de profesion u oficio ayudante de albañilería, residenciado en el Barrio San Jose calle 87 con calle 89, casa Nº 83-120, Maracaibo Estado Zulia, en la causa seguida en su contra, por la comisión de los delitos de ROBO IMPROPIO y LESIONES GRAVES, previstos y sancionados en los articulos 458 y 417 ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIANELA RAMOS DE PARRA; de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal,.- pásese por Autoridad de Cosa Juzgada la.....