El Tribunal, vista la anterior exposición, en primer lugar, ordena agregar constante de seis (06) folios útiles las copias fotostáticas simples consignadas, y con la asistencia del Perito Avaluador, deja constancia que el inmueble señalado es de la ubicación ya mencionada. Ahora bien, a los fines de decidir sobre la solicitud hecha por la parte ejecutante, el Tribunal hace las siguientes consideraciones: Primero, de la documentación consignada el Tribunal observa que en el documento inscrito en fecha 17 de mayo de 2004, cuyos demás datos ya fueron aportados por la parte ejecutante, se especifica que el inmueble sobre el cual se pretende ejecutar la presente medida consta de dos plantas, siendo que la planta baja la constituye dos locales comerciales y la planta alta la constituye una especie de apartamento con dos dormitorios, sala, cocina – comedor, sala sanitaria, lavadero y balcón, destinado a residencia o vivienda familiar; Segundo, con la asistencia del perito avaluador el Tribuna.....