Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) seguido por la Sociedad Mercantil FINANCIERA DE SEGUROS, S.A., contra la Sociedad Mercantil SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES VP, C.A., y la Sociedad Mercantil ALIANZA VP C.A., COMASERVIC, SERCREUSC, antes identificadas, DECLARA:
1.-) IMPROCENTE lo solicitado por la Parte Actora en escritos presentados en fechas 14 de marzo y 12 de julio de 2011, referidos a la declaratoria de firmeza del decreto intimatorio dictado en esta causa.-
2.-) CON LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 10° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, alegada por la Apoderada Judicial de la Parte Demandada abogada en ejercicio SARA ANA PEREZ DE PEREZ, relativa a la Caducidad de la Acción; y en con.....