DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN POR PENA PRINCIPAL CUMPLIDA, a favor del penado GUILLERMO JOSÉ VEGA ARAUJO, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento: 02-05-83, titular de la cédula de identidad N° V-18.396.043, soltero, hijo de Luis Guillermo Vega, y Josefina Araujo de Vega, con residencia conocida en: Barrio Integración Comunal, Sector Róbinson, calle 115, N° 58-243, al frente del Depósito de Fin de Siglo, Estado Zulia, en la causa seguida en su contra por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN LA MODALIDAD DE MANO ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal (vigente para la fecha del suceso), cometido en perjuicio del ciudadano GUILIO ERNESTO GONZÁLEZ MACHADO, quien actualmente goza de la conmutación del resto de la pena en Confinamiento; todo ello de conformidad co.....