ÚNICO: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE el recurso de apelación de auto
interpuesto por el profesional del derecho BAIDO LUZARDO POLANCO, Defensor
Público Provisorio Décimo Cuarto (14°) Penal Ordinario adscrito a la Unidad de
Defensoría Pública del estado Zulia, actuando en representación del ciudadano
KEIDER JOSÉ PICO RODRÍGUEZ, dirigido a impugnar la Decisión N° 347-21 dictada
en fecha once (11) de junio de 2021 por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia
en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, con ocasión a la
celebración de la audiencia preliminar, por expresa disposición legal del articulo 314
del Código orgánico Procesal Penal y en observancia de los criterios jurisprudenciales
de carácter vinculante anteriormente transcritos, todo de conformidad con lo
establecido el artículo 428, literal "C", en concordancia con lo preceptuado en el
encabezado del artículo 442 ejusdem.