Con los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Quinto (5to.) de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE el beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL al ciudadano RICARDO JESUS ALEX MORENO, de Nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, mayor de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-17.089.741, hijo de RICARDO JESUS ALEX y de OLGA MARGARITA MORENO, y residenciado en el Barrio Terrazas de Sabaneta, avenida 100, entrando por la CANTV, casa N ° 13, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los artículos 64, 479,todos del Código, articulo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 61 de la Ley de Rég.....