Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA POR IMPROCEDENTE EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado JESUS ALBERTO VILLEGA VILLEGA, Titular de la Cedula de Identidad No. 22.451.394, venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento: 14-04-1987, de 22 años de edad, soltero, obrero, hijo de Narciso segundo y la Nely josefina Villegas y residenciado en avenida El Milagro con Dr. Portillo, callejón San Ramón, casa S/N, Maracaibo ¿ Estado Zulia, quien fue condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en los Artículos 450 en concordancia con los Artículos 80 y 82 ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de WRAYAN RAUL PIÑA GOMEZ, por cuanto no cumple con los requisitos establecido en e.....