Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho ABOG. CARMEN VIRGINIA CASTRO JAIMES, Defensora Pública Auxiliar Vigésima Segunda (22°) Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, quien refiere actuar en su condición de defensora pública del ciudadano KENDRY ENRIQUE ORTEGA ORTEGA, titular de la cédula de identidad No. V-26.356.668.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión No. 322-17, de fecha 22 de Marzo de 2017, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual el referido Juzgado, decretó entre otros los siguientes pronunciamientos: Primero: Decreta la aprehensión en flagranc.....