Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
ÚNICO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, presentado por el ciudadano CARLOS FLORES CHANG, portador de la cédula de identidad N° V-16.608.324, en su condición de víctima de autos, debidamente asistido por la profesional del derecho LESLIS MORONTA LOPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 12.143, contra la decisión No. 199-11, de fecha dos (02) de Diciembre de 2011, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en la causa seguida en contra de los ciudadanos HUMBERTO JOSÉ JUGO NAVA, JONATHAN PAUL CARVAJAL CHOURIO y EDUAR ELIAS MORILLO CARDENAS, por la presunta comisión del delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley O.....